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29 agosto, 2011

LA AUTÉNTICA CLAVE DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL

El contenido verdaderamente nefasto del acuerdo

Pero lo que realmente han conseguido de esta manera los líderes de ambos partidos, es decir, haciendo creer que asumen rígidos criterios de austeridad cuando en realidad no los van a ser, ha sido comportarse como verdaderos trileros porque mientras llamaban la atención sobre el debate del techo presupuestario lo que estaban haciendo era incluir, sin apenas comentarlo públicamente, un nuevo precepto en la Constitución que da "prioridad absoluta" al pago de la deuda y los intereses frente a cualquier otro compromiso de pago del Estado.

Es decir, los parlamentarios del Partido Popular y del PSOE están dispuestos a aprobar sin recurrir al referéndum que permitiera que el pueblo se pronuncie al respecto que si en algún momento faltaran ingresos se dejarían de pagar los servicios más básicos del Estado para hacer frente antes que nada a los compromisos de la deuda.

Esta es, pues, la auténtica clave de la reforma. Una concesión vergonzosa a los poderes financieros que es muy grave por cuanto que supone una cesión de la soberana capacidad de decisión del pueblo español para determinar en un momento dado la prioridad que quisiera darle a sus compromisos de financiación.

En mi opinión, quienes promueven esta medida siguiendo el mandato de intereses extranjeros están traicionando a los intereses nacionales y al impedir que el pueblo español, que es el verdadero poder constituyente que podría cambiar con legitimidad la Constitución, se pronuncie sobre una cuestión tan fundamental están prostituyendo la Carta Magna y convirtiéndola en papel mojado para quienes de verdad asuman los principios del constitucionalismo democrático. Como acaba de señalar claramente Rubén Martínez Dalmau en su artículo ¿Quién puede reformar legítimamente una Constitución democrática?

"Cualquier modificación de la Constitución por parte de un órgano que no es el poder constituyente, aunque sea legal -también autoritarismos y fascismos se han fundamentado en la legalidad- no es otra cosa que la apropiación de la soberanía popular por un órgano ajeno al pueblo; es decir, el fin del constitucionalismo democrático (...)
Si la Constitución no es otra cosa que la voluntad del poder constituyente, la respuesta a esta pregunta, desde el constitucionalismo democrático, no puede ser otra: sólo el pueblo puede modificar legítimamente su Constitución. Lo contrario es negar la naturaleza de la legitimidad del sistema democrático en el que creemos vivir. Si la Constitución queda en manos de otras personas -gobiernos, mayorías en los parlamentos, reyes.-podremos hablar de otra legitimidad del poder político, de democracias más o menos limitadas, de decisiones mayor o menormente acordadas. pero nunca de constitucionalismo democrático".

La alternativa, Asamblea Constituyente

Frente al engaño con que se quiere llevar a cabo esta reforma ilegítima de la Constitución que además puede comportar en el futuro un grave daño para los intereses de la nación no cabe otra alternativa, como también indica Rubén Martínez, que activar un nuevo poder constituyente que elabore una nueva Constitución en una nueva Asamblea, un horizonte que me parece fundamental que asuman los movimientos que giran en torno al 15-M y, en general, todas las personas sin distinción de ideologías o posiciones políticas que deseen vivir en una verdadera democracia.
Artículo completo en http://www.juantorreslopez.com/.

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