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08 enero, 2011

TRIBUNA DIARIO DE LEÓN: CONSERVACIÓN Y RED NATURA 2000

TRIBUNA
Conservación y Red Natura 2000
08/01/2011

El pasado 13 de diciembre se abrió el período de información pública del borrador de la Ley de Conservación del Patrimonio Natural de Castilla y León, norma jurídica que viene a sustituir a la Ley 8/1991 de Espacios Naturales de la Comunidad y que debería incorporar y desarrollar la legislación básica estatal en la materia (Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad). Según la exposición de motivos, entre sus objetivos principales se encuentra el de «actualizar y clarificar el régimen de gestión de las áreas naturales protegidas y, en especial, de la Red Natura 2000».

Ahora bien, más allá de las declaraciones de intención, el nuevo texto va a añadir muy poco en cuanto a garantías de protección efectiva de estos espacios. Comencemos recordando que se ha cumplido ya (el 7 de diciembre de 2010) la fecha límite fijada por la Unión Europea para que las comunidades autónomas de la región atlántica declaren los Lugares de Interés Comunitario (LIC) como Zonas de Especial Conservación (ZEC) y aprueben los planes o instrumentos de gestión correspondientes de acuerdo con la citada Ley 42/2007. Hasta la fecha Castilla y León, a diferencia de otras Comunidades Autónomas, ni ha declarado las ZEC ni ha elaborado instrumento de gestión alguno.

En la provincia de León los espacios naturales Red Natura que deberían contar con planes de gestión o medidas de conservación equivalentes son las Hoces de Vegacervera, la Montaña Central de León, Picos de Europa, Picos de Europa en Castilla y León, y el Valle de San Emiliano; asimismo aquellos que forman parte tanto de la región atlántica como de la mediterránea, caso de Alto Sil, Omaña y Sierra de Ancares. El retraso en la aprobación de estos planes podría suponer una pérdida de oportunidades a la hora de acceder a fondos europeos y podría dar lugar en un futuro a nuevas denuncias de la Comisión Europea contra España por incumplimiento de la normativa comunitaria.

En nuestro caso, esta situación es todavía más grave si se tiene en cuenta que, por lo que se refiere a la Red de Espacios Naturales de Castilla y León, ningún Espacio Natural Protegido declarado hasta ahora (Parques Regionales, Parques Naturales y Reservas Naturales) cuenta con Plan Rector de Uso y Gestión o Plan de Conservación, a pesar de ser los instrumentos básicos de gestión de estos espacios y a pesar de que en ocasiones se establecían, en la propia norma de declaración, plazos para la aprobación de los mismos. Además, en la provincia de León los espacio s naturales Sierra de Ancares y Hoces de Vegacervera ni siquiera cuentan con plan de ordenación de recursos naturales (PORN) aprobado, paso previo a su declaración. El PORN del futuro Parque Natural Babia y Luna (antes Valle de San Emiliano) se encuentra en tramitación. Quiere esto decir que instrumentos de planificación (ordenación y gestión) esenciales, que figuraban ya en la ley a sustituir, llevan más de dos décadas paralizados en un ejercicio de grosera inactividad por parte de la administración ambiental, por supuesto con consecuencias de largo alcance para todos los sectores implicados: carencia de las normas, directrices y criterios necesarios para administrar los espacios protegidos, indefinición en los usos y actividades económicas y recreativas permitidas, ausencia de un plan de desarrollo socioeconómico de estas zonas, etcétera.

En este contexto, la nueva Ley de Conservación del Patrimonio Natural sólo puede ser vista con escepticismo, máxime si se tiene en cuenta que se presenta -y es pertinente hacerlo notar- poco después de diversas modificaciones normativas impulsadas por la Junta de Castilla y León destinadas exclusivamente a eliminar garantías jurisdiccionales y limitaciones ambientales en la ejecución de macroproyectos de elevado impacto ambiental, como la reciente modificación de la Ley de Ordenación del Territorio o la Ley de modificación de la Declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas, en este caso para facilitar la estación de esquí de San Glorio.

Es lógico que el nuevo articulado suscite desconfianza e incluso cierta preocupación, a tenor también de algunos aspectos del mismo. Así, mucho nos tememos que se pretenda con un genérico Plan Director de la Red Natura 2000 en Castilla y León, por lo demás todavía hoy inexistente, dar por cumplida la obligación de establecer instrumentos de gestión de estos espacios (ZEPA y ZEC). Preocupa igualmente que se quiera flexibilizar los requisitos que permitirían la modificación de PORN aprobados con eventual quiebra de la seguridad jurídica; que no se establezca plazo alguno para la mayoría de los nuevos instrumentos que -en aplicación de la normativa estatal en la materia- el nuevo texto legal contiene; o que no se contemple en absoluto promover la declaración de algunos espacios Red Natura como Espacios Naturales Protegidos, objetivo deseable si es que se desea avanzar en la coherencia de toda la red de espacios sometidos a algún régimen de protección. Esto por citar sólo algunos aspectos. Por otro lado, figuras contempladas en la Ley a sustituir, como las Riberas Catalogadas, desaparecen ahora del borrador de la nueva norma sin que la declaración de dichas Zonas Naturales de Interés Especial llegaran a hacerse efectiva nunca.

En fin, incluso el renombrado escritor y estadista de Florencia Nicolás Maquiavelo no pudo menos que reconocer que es «de mal ejemplo no observar una ley hecha, sobre todo si son sus autores los que dejan de cumplirla». Aunque en materia medioambiental, visto lo visto, exigir el cumplimiento de la leg alidad por parte de la propia Administración qui zá sea pedir demasiado.