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14 junio, 2013

SAN GLORIO EN EL AIRE TRAS EL ANUNCIO DE QUE NO HABRÁ MÁS PROYECTOS REGIONALES

San Glorio, en el aire tras el anuncio de que no habrá más proyectos regionales

maría carnero | león 14/06/2013 .diariodeleon.es
 
La Junta de Castilla y León no prevé recurrir más a la fórmula de aprobar por ley proyectos de interés regional, después de que el Tribunal Constitucional haya declarado inconstitucional la norma que lo amparaba, por lo que «lo sensato es no utilizarla».

Aunque la sentencia se refiere al caso concreto del centro de tratamiento de residuos de Santovenia, la decisión de la Junta de no utilizar más esta fórmula afecta a proyectos como el de la estación invernal de San Glorio, actualmente en trámites para conseguir esta figura.

El portavoz de la Junta de Castilla y León, José Antonio de Santiago-Juárez, aseguró a Efe que aunque los servicios jurídicos de la Junta analizan actualmente las repercusiones de la sentencia, la Junta de Castilla y León, la administración autonómica se va a «cuidar muy mucho de usar estas herramienta legal, sería darnos dos veces con la misma piedra».

Sobre la situación en la que quedan otros proyectos regionales declarados por el mismo procedimiento, el portavoz ha considerado que «no están tocados por sentencia».

De todos modos, David Iriondo, responsable de la empresa Tres Provincias, promotora del proyecto de San Glorio, pidió ayer a la Junta que explique si esta decisión afecta únicamente a los proyectos públicos, o también a los impulsados desde la iniciativa privada, y si únicamente se refiere a la aprobación a través de una ley o por decreto.

Dos casos distintos
De todos modos, Iriondo manifestó estar «tranquilo», ya esta sentencia no tiene porqué afectar a la viabilidad de San Glorio. En este sentido precisó que en el caso de Santovenia «existía una sentencia anterior del Tribunal Supremo (2001) que ordenaba el cierre de ese vertedero de residuos. Posteriormente se aprobó por Ley un Proyecto Regional para declararlo de interés regional y mantenerlo abierto. «En el caso de San Glorio, no hay a día de hoy ninguna sentencia que declare ilegal el proyecto o que impida su construcción», explicó.

Iriondo matizó que «los colectivos ecologistas, en su afán por atacar el proyecto de Desarrollo Sostenible del Destino Turístico San Glorio, se vanaglorian de que existen hasta tres sentencias del Tribunal Supremo que lo declaran ilegal, lo cual no es cierto» y explicó que las sentencias a las que se refieren «lo que anulan es la modificación que en su día la Junta de Castilla y León aprobó del PORN del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina para convertir en autorizable el esquí alpino en esa zona, uso autorizado posteriormente con la nueva Ley de declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina del año 2010».

El responsable de San Glorio concluye que tampoco se puede afirmar que «la figura del Proyecto Regional sea en sí un mecanismo declarado inconstitucional, tal y como asegura el colectivo Ecologistas en Acción, pues lo declarado inconstitucional en la sentencia del vertedero de Santovenia de Pisuerga es la Ley que permitió en 2002 la reapertura del mismo, y no la figura de los Proyectos Regionales».