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25 mayo, 2014

EL GAL MONTAÑA DE RIAÑO APUESTA POR EL PROYECTO TRINO

Montaña de Riaño celebra en Cerezales una jornada sobre el Proyecto Trino

 
DL | Redacción 24/05/2014
El grupo de acción local (GAL) Montaña de Riaño celebra el lunes la Jornada Comarcal de información del Proyecto Trino en las instalaciones que la Fundación Antonio y Cinia posee en la localidad de Cerezales del Condado.
En el desarrollo de las sesiones se darán a conocer las actuaciones del GAL en el Proyecto Trino, encaminado a fomentar el turismo rural de interior a través de la ornitología. Así, los establecimientos de turismo rural de la zona se han adherido al programa, se han señalado puntos y rutas de observación de aves y se han editado guías y folletos para dar a conocer la avifauna de la comarca. Por otra parte, se han desarrollado actividades de educación ambiental relacionadas con las aves para escolares y adultos en los diferentes centros educativos y localidades de la Montaña de Riaño.
Naturalistas
El GAL anima a todos los amantes de la naturaleza, en especial, a los de las aves, y a todos aquellos que lo deseen a participar en esta jornada en la que intervendrán naturalistas y personal de Montaña de Riaño.
El grupo de acción local ha gestionado los fondos de desarrollo rural de la iniciativa de la unión europea Leadercal en la montaña oriental y en la vertiente leonesa de los Picos de Europa.

ACEBEDO: EL JUEZ ABSUELVE A DOS EDILES DE LA UPL DE INJURIAR A LA ALCALDESA

ACEBEDO

El juez absuelve a dos ediles de la UPL de injuriar a la alcaldesa

El fallo señala que los concejales ejercían una crítica política.

JOSÉ Mª CAMPOS | CISTIERNA 25/05/2014
El Juzgado de Instrucción de Cistierna absuelve a los concejales de la UPL de Acebedo Isidoro Díez y Amable González de un delito de falta de injurias que les imputaba la alcaldesa de Acebedo, Ana María Alonso, que había interpuesto una denuncia alegando que habían menos cavado su honor y su labor municipal como alcaldesa.
La sentencia señala que los hechos declarados probados no son constitutivos ni de una falta de injurias ni de amenazas. La denuncia se formula en el desarrollo de una serie de actuaciones de los concejales de la UPL en plenos municipales y en manifestaciones a los medios de comunicación provinciales. Sobre las expresiones que la denunciante consideraba injuriosas y que contienen las actas en dos plenos de 2011 y 2012 se señala que la Alonso no ostentaba la condición de alcaldesa. «Revisadas las actas no encontramos las presuntas injurias o insultos que hayan ofendido la dignidad de la denunciante, produciendo su zozobra y humillación», reza la sentencia.
Así mismo también se denunció la posible difamación que gratuitamente efectuaron los concejales de la UPL mediante las opiniones vertidas a cerca de la actuación y conducta como alcaldesa de la denunciante y que fueron recogidas por diversos medios de comunicación de ámbito comarcal y provincial. «En particular se estima que se ha cometido una amenaza por parte de los denunciados por el hecho de haber interpuesto una denuncia en Fiscalía contra la alcaldesa y denunciante». Se señala que en los artículos periodísticos se ejerce una labor periodística imprescindible para la supervivencia de una sociedad democrática en la que el derecho a la información y la crítica política son pilares fundamentales. Además se recuerda que la presentación de una denuncia por los concejales de la UPL ante la Fiscalía Provincial de León no supone una infracción criminal. Se indica que los escritos municipales se enmarcan en el ejercicio democrático de la crítica política, del pluralismo político «y por ende, no contienen ni una sola expresión que trasciendan al ámbito de la lesión del honor de la denunciante». La sentencia recuerda a la alcaldesa que el puesto que desempeña y ejerce se halla sujeto a la crítica constructiva de los adversarios políticos.